DECRETO por el que se reforma el artículo 61 de la Ley General de Salud.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.-
Presidencia de la República.
ENRIQUE PEÑA NIETO, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed:
Que el Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente
DECRETO
"EL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, DECRETA:
SE REFORMA EL ARTÍCULO 61 DE LA LEY GENERAL DE SALUD.
ARTÍCULO ÚNICO. Se reforman las fracciones II, III, IV y V del artículo 61 de la Ley General de Salud,
para quedar como sigue:
Artículo 61.- ...
...
I. ...
II. La atención del niño y la vigilancia de su crecimiento, desarrollo integral, incluyendo
la promoción de la vacunación oportuna, atención prenatal, así como la prevención y detección de
las condiciones y enfermedades hereditarias y congénitas, y en su caso atención, que incluya la
aplicación de la prueba del tamiz ampliado,
y su salud visual;
III.
La revisión de retina y tamiz auditivo al prematuro;
IV.
La aplicación del tamiz oftalmológico neonatal, a la cuarta semana del nacimiento
, para la detección temprana de malformaciones que puedan causar ceguera,
y su tratamiento,
en todos sus grados, y
V.
La atención del niño y su vigilancia durante el crecimiento y desarrollo, y
promoción de la integración y del bienestar familiar.
TRANSITORIO
ÚNICO. El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en
el Diario Oficial de la Federación.
México, D.F., a 20 de diciembre de 2012.- Dip. Francisco Arroyo Vieyra, Presidente.- Sen. Ernesto
Javier Cordero Arroyo, Presidente.- Dip. Merilyn Gómez Pozos, Secretaria.- Sen. Lilia Guadalupe
Merodio Reza, Secretaria.- Rúbricas."
En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del Artículo 89 de la Constitución Política de
los Estados Unidos Mexicanos, y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en
la Residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a veintiuno de
enero de dos mil trece.- Enrique Peña Nieto.- Rúbrica.- El Secretario de Gobernación,
Miguel Ángel Osorio Chong.- Rúbrica.